Con la publicación de la Regla de Modernización del Programa EB-5 se avecinan cambios importantes, aquí les presentamos nuestro estudio de la publicación:

El 23 de julio de 2019, los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) anunció que publicaría el 24 de julio de 2019 la Regla Final de modernización del programa, estableciendo cambios sustanciales en el Programa de Inversionistas Inmigrantes EB-5.

Esta es la primera revisión sustancial y significativa del Programa EB-5 desde que se introdujo el Programa Piloto de Centros Regionales en 1993. Por lo tanto, la revisión del programa se concentrará en dos áreas principales, que son (1) el umbral de inversión requerido para participar en el programa EB-5, y (2) la revisión de dos puntos clave principales en la designación de las nuevas áreas de empleo actuales específicas (denominadas TEA por sus siglas en inglés).

En lo que se refiere al primer cambio, referente al monto de inversión requerido para participar en el programa. En la recién publicada regla final, USCIS propone un aumento en el umbral mínimo de inversión de $1,000,000 a $1,800,000. Este es el primer y único aumento que el Programa de Inversionistas Inmigrantes EB-5 ha tenido desde su concepción en 1990, y es importante señalar que la regla final establece la necesidad de este aumento sólo para tener en cuenta la inflación a partir de la fecha de la creación del programa hasta el 2015. Aunado a lo anterior, la norma final establece que el importe mínimo de inversión se revisará y aumentará cada cinco años para tener en cuenta la inflación actual, por ende, podríamos ver un segundo aumento en el año 2020.

Es importante señalar que la regla final respetará el diferencial mínimo de inversión del 50% cuando la inversión EB-5 se implemente en un TEA, aumentando el umbral reducido de $500,000 a $900,000, indicando que esta cantidad también se ajustará automáticamente cada cinco años. Esto es relevante, ya que en propuestas anteriores se comentaba que el umbral reducido se incrementaría en un 75%, llevando la inversión mínima en una TEA a $1,350,000.

Continuando con el segundo punto importante a actualizar en la nueva modalidad del programa EB-5, la norma final establece una reforma a la designación de una TEA. Un TEA se define por ley como un área rural o un área que ha experimentado un alto desempleo (de al menos el 150 por ciento de la tasa promedio nacional). Actualmente, las designaciones de TEA las realizan los gobiernos estatales por medio de la combinación de distritos censales contiguos para beneficiar áreas con altas tasas de desempleo, independientemente de si se encuentran en áreas metropolitanas o no metropolitanas.

Ahora bien, a la luz de la nueva reforma al programa, los TEA se autorizarán únicamente en áreas no metropolitanas, teniendo en cuenta únicamente los distritos censales adyacentes de dónde se encuentra el proyecto. Esto es importante ya que, debido a lo establecido en el lenguaje de la reforma publicada, las áreas metropolitanas no se podrán considerar TEAs, lo cual cambia drásticamente el tipo de proyectos que actualmente se ofrecen a los inversionistas.

Lo más importante es que, bajo el nuevo reglamento, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) elimina la capacidad de los estados para designar TEAs, por ende, la única entidad que designará estas áreas será el mencionado DHS.

La fecha de entrada en vigor de la regla final es el 21 de noviembre de 2019, pero se establece que todas las peticiones EB-5 presentadas antes de esta fecha serán objeto de la normativa vigente. Esto significa que los posibles inversionistas tienen un tiempo limitado para preparar y presentar sus casos, con el fin de aprovechar la inversión mínima reducida de $500,000. Todas las peticiones presentadas del 21 de noviembre de 2019 en adelante serán revisadas bajo el escrutinio de la recién publicada “regla final”.

Si usted o alguien que conoce está interesado en emigrar a los Estados Unidos, ahora es sin duda el momento de hacerlo antes de que estos cambios entren en vigor.